ANESDOR aclara que los cascos jet no han sido prohibidos

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La modificación del Reglamento General de Circulación mediante el Real Decreto de Usuarios vulnerables ha dado lugar a la difusión en varios medios sobre una supuesta prohibición de los cascos abierto (jet).

Para evitar confusiones, ANESDOR quiere aclarar que esta información es incorrecta y que el uso de cascos jet sigue siendo legal en los mismos términos que hasta ahora. La única modificación el Reglamento sobre los cascos es que los conductores de ciclomotor deberán usarlos homologados prohibiéndose así el uso de productos con certificaciones inferiores. Esta medida ya era obligatoria para conductores de motocicletas, triciclos y quads.

Para que no haya dudas sobre la legalidad de los cascos jet, la Asociación Nacional de Empresas del Sector Dos Ruedas remite directamente al BOE:

Artículo 118. Cascos y otros elementos de protección.

1. Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo “quad”, deberán utilizar los siguientes elementos de protección:

a) Cascos de protección homologados conforme el Reglamento UNECE R22, adecuadamente abrochados, cuando circulen en todo tipo de vías.

ANESDOR ha considerado oportuno aclarar esta cuestión por su condición de representante de las marcas de motocicletas, componentes y accesorios y, por lo tanto, de los fabricantes y distribuidores de cascos y equipamiento de protección del motorista.

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